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La Cámara te informa, Precios Transparentes

A partir de esta medida los comercios deberán exhibir:

• El precio de contado: efectivo, con tarjeta de débito, tarjeta de crédito en un pago u otros medios electrónicos.

• Cuando los precios se exhiban financiados: el anticipo si lo hubiere, cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total.

No se podrá incluir en los anuncios, publicidades o mensajes bajo cualquier medio, la frase “sin interés”, cuando el costo de la financiación del producto o servicio se traslade al precio de venta al consumidor.

La publicidad del costo financiero total deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas y en una tipografía en color destacado, de idéntica fuente y de tamaño al menos cinco

veces mayor al que se utilice para informar el resto de las características de los productos.

El incumplimiento será sancionado conforme lo previsto en las leyes de Lealtad Comercial y de Defensa del Consumidor, según corresponda.

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