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Eximición del Impuesto sobre Débitos y Créditos a fondos para MiPymes

  • Foto del escritor: Cámara Reg. de Comercio e Ind. de Lomas de Zamora
    Cámara Reg. de Comercio e Ind. de Lomas de Zamora
  • 30 ene 2019
  • 1 Min. de lectura

El gobierno nacional, a través del Decreto 117/2019, modificó el Decreto 380/2001 donde se reglamenta el impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria establecido por la Ley de Competitividad.

La normativa establece que quedarán exentas de dicho impuesto las cuentas de los fondos comunes de inversión a que hace referencia la Ley 24.083 en su primer y segundo párrafo y los fideicomisos financieros utilizados en forma exclusiva en el desarrollo específico de su actividad, en la medida que su objeto de inversión sea el financiamiento de la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

La medida persigue la promoción y desarrollo de las MiPymes en el marco de la Ley de Competitividad, mediante el impulso de políticas de alcance general para crear nuevos instrumentos de apoyo y consolidar los ya existentes.

 
 
 

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